Deberes y Obligaciones del Agente Aduanero

AGENTE ADUANERO 

Agente Aduanero es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, investido del principio de buena fe, autorizado y habilitado para actuar en los actos, operaciones trámites y regímenes aduaneros ante la Autoridad Aduanera, en representación de los importadores y exportadores para el despacho de mercancías velando por el cumplimiento de la Constitución, Leyes y Tratados Comerciales Internacionales, que regulan el comercio exterior y que se efectúe una correcta y justa tributación. Esto origina la importancia de mantener relación directa entre dichos auxiliares y sus representados.

DEBERES DEL AGENTE ADUANERO 

  1. Proceder de acuerdo a su leal saber y entender, con un criterio justo, evitando interpretaciones capciosas, con el propósito de encontrar una situación favorable a sus intereses y que puedan perjudicar al fisco, a sus colegas , a sus clientes y al comercio exterior. 
  2. Conservar el honor y la dignidad profesional , actuando en todo momento con elevado concepto de la misión que le incumbe, con altura de miras y con absoluta corrección. 
  3. Obrar con honradez y buena fe. Rechazando actos fraudulentos y declaración falsas y absteniéndose de realizar aquellos que entorpezcan la eficiente administración de parte del Servicio Aduanero o de otros organismos que intervengan en las operaciones de comercio exterior. 
  4. Actuar sin desmedro de su dignidad personal ni del decoro que exige su profesión, manteniendo una actitud respetuosa ante las autoridades aduaneras. 
  5. Mantener un espíritu de colaboración y apoyo aplicando sus conocimientos cuando se lo requieran las autoridades aduaneras u otras instituciones en aras del fortalecimiento del sistema aduanero. 
  6. Procurar los principios de recíproco respeto, fraternidad y solidaridad que enaltezca la profesión. 

“El conocimiento de las leyes, reglamentos y procedimientos aduaneros hace inexcusable el desconocimiento de sus deberes operativos”.

OBLIGACIONES DEL AGENTE ADUANERO 

  1. Actuar, personal y habitualmente en las actividades propias de su función, sin perjuicio de las excepciones legalmente establecidas. 
  2. Cumplir y velar que se cumpla con las normas legales, reglamentarías y procedimientos que regulen los regímenes aduaneros en los que intervenga. 
  3. Representar a su mandante , en forma diligente y con estricto apego al régimen jurídico aduanero. 
  4. Recibir anualmente un curso de actualización. 
  5. Tutelar la autorización para operar como agente aduanero por ser personal e intransferible y de duración indeterminada. 
  6. Coadyuvar con la Corporación para el fiel cumplimiento de los fines.

RESPONSABILIDAD DEL AGENTE ADUANERO 

  1. Investigar la operación desde su origen y destino, los antecedentes del exportador e importador, su identidad y trayectoria. 
  2. Realizar el examen previo de la mercancía cuando se dude de las mismas para reconocerlas, a efecto de declararlas correctamente, autodeterminar las obligaciones tributarias y cumplir con las no tributarias. 
  3. No permitir , que se usen sus servicios profesionales, su nombre, claves de acceso o dispositivos de firma digital, para facilitar o hacer posible el ejercicio de la profesión, por quienes no estén legalmente autorizados para ejercerla. 
  4. No autorizar las declaraciones en cuya redacción, preparación y tramitación no intervenga personalmente. 
  5. Se requiere de una participación personal y de una actitud profesional acorde al alto nivel de tecnicismo que las aduanas y el comercio exterior exigen para instrumentar las declaraciones únicas aduaneras de mercancías a despacho. 
  6. En la delegación de funciones sin control y la mala aplicación de las normas aduaneras con lleva una Responsabilidad administrativa, Penal, Civil, Tributaria, disciplinaria.